Seguidores

Entradas populares

viernes, 20 de junio de 2008

EXAMENES PRENUPCIALES NO DEBERÍAN OBLIGAR A CONTRAYENTES

EXAMENES PRENUPCIALES NO DEBERÍAN OBLIGAR A CONTRAYENTES PRACTIC
Enviado por: "comunicaciones" enversoyprosa@prosa.org.pe
Jue, 19 de Jun, 2008 4:31 am (PDT)
EXAMENES PRENUPCIALES NO DEBERÍAN OBLIGAR A CONTRAYENTES PRACTICARSE PRUEBAS DE ELISA

( Lima 20 de Junio del 2008) Los municipios de muchas regiones, provincias y distritos del país, vienen obligando a las parejas, que desean contraer nupcias, a la realización de un examen prenupcial, que no tendría nada de malo, si es que no se exigiera la prueba de Elisa y peor aún, cuando ésta es condicionante para que el acto civil se lleve a concretar.

Este tipo de discriminació n, fue lo que le sucedió a P. S. A, y a su pareja, quienes en el mes de Febrero, acudieron al Municipio de Cajamarca, para formalizar su convivencia, con el matrimonio, sin embargo las autoridades de la Oficina de Registro Civil de la comuna, se las negó, luego de enterarse que eran portadores del VIH y Sida.

La denuncia de este grave atentado contra los derechos humanos y de libre unión, se hizo efectiva en la Defensoría del Pueblo de la Cajamarca, en donde los comisionados, vienen estudiando el caso para determinar la discriminació n de la que fue objeto la pareja.

Revisando algunos portales web de municipios, de Lima y provincias, nos damos con la sorpresa que la mayoría de ellos, presenta como requisito obligatorio un examen prenupcial, en donde se menciona la prueba de Elisa e ITS (Infecciones de Transmisión Sexual), lo que podría deducirse como una normativa inconstitucional.

"Dentro de los requisitos prenupciales que establezca la municipalidad deberían de omitirse el exámen de Elisa obligatorio, a los contrayentes, puesto que es una contradicción a la ley 26626 y su modificatoria 28243, que dice a la letra claramente que los exámenes de Elisa, no son obligatorios, salvo en el caso de las mujeres gestantes, por autorización de los jueces en un proceso judicial, y para el tamisaje, cuando se dona sangre o se dona órganos para lostransplantes. Lo que debería ser una exigencia es la consejería especializada en VIH e ITS ", sostiene Marina Soto Calderón, Representante de la Comunidad Internacional de Mujeres que Viven con el VIH y Sida en el Perú -ICW-.

Precisamente en la modificatoria del artículo 4 de la ley 26626 se señala que "las pruebas para diagnosticar el VIH y Sida son voluntarias y se realizan previa consejería obligatoria. Se consideran casos de excepción a la voluntariedad, el de los donantes de sangre y órganos, las madres gestantes a fin de proteger la vida y la salud del niño por nacer y en casos específicos establecidos por ley", lo que significa que una ordenanza municipal, no puede contravenir una ley, por lo que el Tribunal Constitucional (TC) debe asumir una posición efectiva frente a este conflicto de legal.

Frente a este caso, desde la Asociación PROSA, (Programa de Soporte a la Autoayuda de Personas que Viven con el VIH y Sida), se ha iniciado un seguimiento al respecto para buscar salidas efectivas a esta situación que afecta a muchas personas viviendo con VIH/SIDA en el país.

OFICINA DE COMUNICACIONES - PROSA
AV. Cuba 523 - Jesús María Lima 11
Telef: (0051) - 1 - 2660746
Fax : (0051) - 1- 4701374
Web: www.prosa.org. pe
email: prosa@prosa. org.pe enversoyprosa@ prosa.org. pe

Contacto:

Marlon Castillo Castro
Celular: (0051) 989912529
RPM #634462

Archivo del blog